viernes, 6 de febrero de 2009

ORDENACION DEL TERRITORIO

LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO

Cada estado requiere para su funcionamiento de un aparato legal institucional y administrativo que le permite actuar.
Cada estado le corresponde una organización administrativa determinada.
LA ADMINISTRACION

La administración es un instrumento de acción política del estado, y como instrumento, esta compuesto por un conjunto de órganos e instituciones que le sirve para el desarrollo de sus funciones y el logro de los fines que tiene constitucionalmente
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO:

· Poderes
· Legislativo
· Ejecutivo
· Judicial
· Ciudadano
· Electoral

INSTITUCIONES DE VIGILANCIA DEL FUNCIONAMIENTO:

1. La fiscalía general de la república
2. La contraloría general de la república



ADMINISTRACION PÚBLICA:

· Los órganos del poder ejecutivo son el ámbito propio la organización administrativa.
· se entiende por administración pública al conjunto de órganos e instituciones requeridas para el cumplimiento de determinados fines a cumplir por el estado.

UN ESTADO FEDERAL:

· Unidad y uniformidad dentro de la administración pública del estado.
· Según lo establecido en la constitución de la república Bolivariana de Venezuela.
· Venezuela es un estado federal
· Existen tres niveles de administración pública.


TRES NIVELES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA:

· Nacional
· Estadal
· Municipal
A cada ámbito le corresponde determinadas competencias normas de funcionamiento y reservas legales.

Personalidad Jurídica

Para la actuación de cada uno de los niveles de la administración pública se requiere un recurso legal. En el ámbito interno federal impone la existencia de tres órdenes de personalidad jurídica a nivel político territorial.


RESPECTIVAS ORGANIZACIONES ADMINISTRATIVAS:

L a república, los estados, y los municipios.
Cada uno de los niveles tiene una serie de atributos y competencias que cumplir según lo establecido en la ley.

Competencias

Se entiende por competencia “la actitud legal de los órganos administrativos, o en otras palabras, el conjunto de facultades, de poderes, y de atribuciones, que le han sido legalmente asignada para ctuar en su relaciones con otros órganos del estado y con los particulares.
Existen varios tipos de competencias entre ellas:

1. Competencias residuales: Son aquellas no asignadas expresamente al Poder Nacional o Municipal siendo asumidas por el Estado.
2. Competencias Concurren: Son aquellas que corresponden tanto a los Estados como a otros niveles.
3. Competencias Exclusivas: Son las asignadas explícitamente a un órgano
Para distribuir las competencias y atribuciones entre los distintos órganos del Estado requiere una serie de normas y reglas de carácter jurídico previstas en la Constitución, mediante la cual se le puede atribuir a los Estados o Municipios determinadas materias de competencias Nacional a fin de promover la descentralización administrativa.

Desviación de competencias

· Delegación: La desviación de competencias mediante la transferencia del ejercicio de determinadas competencias, de un superior jerárquico a uno inferior, o entre distintos órganos e instituciones de un nivel jerárquico inferior.
· Avocación: La potestad que posee el superior jerárquico de asumir la competencia que corresponde al inferior, bien sea persona o institución.

Formas de delegación

1. La delegación de atribuciones.
2. La delegación de firma.
3. La desconcentración.
4. La descentralización.

También son atribuciones y obligaciones de cada ámbito que requieren de un texto expreso: La constitución, Es obligatoria, improrrogable, no se puede delegarse libremente a funcionario o institución inferior.


DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA:

Es otra forma de distribución de competencias pero de forma permanente, atribuida siempre al órgano y no al titular.
Puede ser funcional o territorial: funcional, distribuir competencias entre los órganos internos de la institución. Territorial, cada ministerio tiene en los estados una institución regional.

DESCENTRALIZACION:

Es la transferencia de competencias decisoria de una persona política territorial u otra persona jurídica distinta del ente público territorial transferente. Es una distribución de competencias, pero no dentro de una misma organización sino una transferencia de competencia a personas jurídicas distintas.

Existen dos tipos de descentralizaciones las cuales son:

1. La descentralización territorial: La transferencia se hace entre los Estados y los Municipios.
2. La descentralización funcional: Es la que se realiza entre la misma institución por razones de servicios.

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